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¿Reformas laborales aprobadas?

22 de agosto, 2023

Mucho se habla acerca de las reformas laborales, que son anunciadas a bombo y platillo como si por el hecho de existir el consenso a tres bandas entre 1) las organizaciones patronales más representativas, 2) los sindicatos más representativos y 3) el gobierno, la nueva norma ya pudiese empezar a desplegar sus efectos.

Lejos de esto, la realidad es bien distinta porque las normas requieren un procedimiento formal para su aprobación. Aunque esta entrada nos aleja un poco del ámbito específico del Derecho del trabajo, merece la pena saber por qué, si existe ese consenso tan difícil de lograr, es posible que la reforma no llegue a aprobarse, al menos no de forma “inmediata”.

Normalmente las leyes son aprobadas por el Congreso y el Senado en un procedimiento que puede alargarse varios meses. Sin embargo, para cuestiones de urgencia el Gobierno puede aprobar normas con rango de ley conocidas como Real Decreto-Ley, y este es el tipo de norma que se utilizó, por ejemplo, para la última reforma.

Ahora bien, los Reales Decretos-Ley se tienen que convalidar por el Congreso como máximo 30 días después de su publicación, para lo cual se necesita una mayoría simple. Si llegado el día de la votación no se consigue la mayoría simple, el Real Decreto-Ley deja de ser aplicable (aunque no se anulan los efectos producidos mientras estuvo vigente durante ese máximo de 30 días).

Así pues, el Gobierno debe buscar apoyos parlamentarios para que se apruebe el Real Decreto-Ley de la reforma laboral de turno. Si se obtiene la mayoría, la reforma quedaría aprobada de forma efectiva. Pero si no tuviese suficiente apoyo, no sería el final porque seguiría siendo posible tramitarla por el procedimiento habitual en el Congreso y el Senado aunque eso sí, con un procedimiento más lento.